Tanarro: “Se trata de una intromisión gravísima del juez que no tiene competencia en el tema”

Tanarro: “Se trata de una intromisión gravísima del juez que no tiene competencia en el tema”

Luego de que la Cámara de Diputados autorizara la designación se frenó por injerencia del Poder Judicial la designación de la Doctora Gaitán  en el Tribunal de Cuentas. “El juez ha causado una incompatibilidad que no existe en la ley ni en la constitución.”

En diálogo con LU14, el fiscal de Estado cuestionó las conjeturas del juez Francisco Marincovich, “se trata de una intromisión gravísima del Poder judicial, el magistrado está interviniendo en cuestiones que no son de su competencia ya que corresponde a otro poder este tipo de decisiones”

Romina Gaitán apeló la resolución que ordenó al Tribunal de Cuentas que no se le tome juramento. En la apelación,  se argumentó que el Dr. Stoessel, quien presentó el amparo, no alegó otra causal que no sea su estado civil sin analizar la capacidad técnica y jurídica, la experiencia laboral y reputación.

“Se trata de una apelación a la resolución que dicta la medida cautelar, hay una clara injerencia por parte del poder judicial en este caso de un juez en decisiones propias del Poder Ejecutivo y Legislativo. El juez ha generado una causal de incompatibilidad que no existe en la ley, que no existe en la Constitución. Plantea que por ser mujer de se presume va a poder actuar en perjuicio de un organismo, lo que es un disparate. estamos hablando de un organismo que es colegiado y el cual tiene quorum propio y sus propios mecanismos de control para garantizar su funcionamiento” explicó Tanarro.

“Es un disparate lo que dice el juez, el organismo es colegiado y tiene quorum propio que a su vez tiene en la Ley 500 causales de recusación para tratar determinadas cuestiones, no se puede afectar la transparencia si se cumple con el reglamento. Esto que plantea el juez es una cuestión conjetural a futuro, yo no se de donde se le ocurre al juez semejante disparate para actuar de esta manera” agregó en LU14.

“Mas allá de que no se acredita siquiera en el expediente el certificado de matrimonio es una causal vergonzosa. Si nos ponemos a pensar en cuestiones de transparencia y control propio del organismo tenemos que pensar cual es el rol que cumple el que presenta el amparo, el Dr.Stoessel  que es un activo militante de Cambiemos y forma parte de la junta del partido y cuando le toca tratar las cuentas de municipios que son de Cambiemos no se excusa. Nosotros podríamos cuestionar esto pero como sabemos que es una cuestión de un organismo colegiado debe ser el organismo el que lo resuelva” contó Tanarro.

Es la primera vez -al menos en la historia de la Provincia- que se impide a una persona que ha sido designada conforme a un procedimiento constitucional  completamente válido, jurar en su cargo. Estamos ante una intromisión gravisima en cuestiones que no son de  competencia del juez. Si la causal no existe el juez no la puede crear.  Acá se está tomando una atribución que no se tiene y esto es grave, esta intromisión es una afectación del sistema democrático en todo sentido. Las impugnaciones debieron hacerse durante el procedimiento de designación en la que intervienen el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. La causal del juez para impugnar no existe en la ley” cuestionó el fiscal.

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