Conversamos con el Presidente del Tribunal de Cuentas quien afirmó que se equivoca el Intendente Carambia de Las Heras, cuando desconoce la potestad de Tribunal para auditar a un municipio.
Ramos destacó que se expresaron al respecto los tribunales de Cuentas de distintas provincias, entre ellas las que no coinciden con el signo político del gobierno de Santa Cruz.
“Esto no debería ser una situación confusa en primer término porque en nuestras leyes provinciales se le asignan competencias al Tribunal de Cuentas respecto de la gestión financiera patrimonial de los recursos provinciales y municipales” señalo el Presidente del Tribunal de Cuentas en diálogo con Radio Provincia.
“En la actividad del Tribunal hay dos tipos de controles uno que en el caso de los municipios el poder ejecutivo municipal remite su rendición de cuentas al consejo deliberantes y posteriormente al tribunal. Otro control es a través de auditoría que se realiza en diferentes épocas del año a distintos organismos provinciales y municipales y es lo que le toco al municipio de Las Heras y en dos oportunidades tuvimos la imposibilidad de realizarlo, dicen que no tiene competencia el tribunal lo que creemos es un desconocimiento del derecho muy grave” indico.
“No hay intencionalidad política, la auditoria tiene una programación con antelación y la asociación gremial del Tribunal de Cuentas se pronuncio en repudio al destrato a los auditores y hace pocos días recibimos una declaración de la asociación de los organismos de control público de la Argentina que nuclea a todos los tribunales de cuentas del país incluyendo los de los municipios y se expidió a favor de la competencia del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz para auditar el municipio de Las Heras, repudiando el accionan de las autoridades de la municipalidad en cuanto no se permitió el ingreso del personal de las auditorias” expreso.
“Esperamos que el municipio pueda dialogar por carriles normales, y siempre el municipio cuenta con el control judicial posterior, está garantizado en su derecho de defensa pero no pueden imposibilitar a priori la actividad del tribunal” concluyo Carlos Ramos.
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