El Gobierno de Santa Cruz, a través del Ministerio de Salud y Ambiente, informa que, conforme a la llegada de nuevas partidas de dosis a la provincia, se dará inicio a la inscripción para aquellas que cursan una enfermedad crónica de alto riesgo y con 59 años de edad. Desde la Cartera Sanitaria brindaron los detalles de la etapa correspondiente al esquema estratégico de vacunación.
A partir de las 8:00 del jueves 22 de abril se habilitará la solicitud de turnos virtuales a través de www.santacruz.gob.ar/vacunarparaprevenir para Río Gallegos y Caleta Olivia. En esta etapa del esquema, luego de haber vacunado a gran parte del personal de salud con 2 dosis y al menos con una dosis al grupo priorizado de mayores de 60 años, se inicia la vacunación contra COVID -19 al siguiente estrato determinado en el plan de vacunación.
Es así que en esta etapa corresponde vacunar a personas con comorbilidades severas y graves con riesgo de vida:
- Diabéticos insulino-dependientes
- Personas con HIV
- Oncológicos
- Dializados
- Trasplantados
- Enfermos pulmonares crónicos oxigeno dependientes
- Personas con índice de masa corporal de más de 40 (IMC>40)
- Enfermedades poco frecuentes que tengan indicación por riesgo incrementado por inmunodeficiencias.
- Cardiópatas severos con elevado riesgo de vida
La base de criterios de selección a este grupo priorizado se sustenta en:
– Elevado riesgo a tener complicaciones graves o muerte a consecuencia de COVID
– Elevada exposición a riesgo de contagio de COVID
– Relevancia e importancia de la actividad o función que desempeña con nivel exposición a COVID elevado
En esta etapa priorizada, de las partidas remitidas por Nación, se propone disponer de un porcentaje destinado a las personas de mayor riesgo por patologías y un porcentaje al resto de los grupos priorizados.
La solicitud se realizará a través de la web www.santacruz.gob.ar/vacunarparaprevenir. Allí deberán completar los datos personales y se realizará el cruzamiento de la información con las bases de datos de sistema hospitalario provincial y de las obras sociales para certificar la enfermedad declarada.
Si la persona no fue atendida en ningún momento en el sistema público de salud o a través de obras sociales, se solicitará un certificado emitido por un médico provincial y una Declaración Jurada. En este caso, se derivará la solicitud a una auditoría.